Resumen del Artículo Disposición adicional primera

Artículo Disposición adicional primera del Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. (codigo) — Disposición adicional primera. Plataforma Urbanística Digital de Galicia. La Comunidad Autónoma de Galicia desarrollará una aplicación que facilite la participación en los procedimientos de planificación urbanística y que tendrá como finalidad posibilitar la tramitación integral…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional primeraDisposición adicional primera

Disposición adicional primera. Plataforma Urbanística Digital de Galicia.

La Comunidad Autónoma de Galicia desarrollará una aplicación que facilite la participación en los procedimientos de planificación urbanística y que tendrá como finalidad posibilitar la tramitación integral de los instrumentos de planeamiento urbanístico.

Norma publicada: 10 de febrero de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional primera

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional primera?

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